Casación No. 246-2008

Sentencia del 18/02/2009

"...se aprecia que Sala sí dio respuesta o en otras palabras si resolvió el segundo agravio planteado, no como erróneamente lo arguye el casacionista, de ahí que su tesis no se encuentre fundada, al colegirse que la sentencia impugnada contiene una clara y precisa fundamentación, pues expresa los motivos para no acoger el recurso de apelación especial, no encontrando este Tribunal vulneración al artículo 11 Bis del Código Procesal Penal y 12 de la Constitución Política de la República..."