Casación No. 23-2006

Sentencia del 02/06/2006

"...El Tribunal de Casación luego de examinar el pronunciamiento recurrido no encuentra motivo para declarar la procedencia del recurso, pues establece que la sentencia dictada por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente sí cumple con fundamentar el no acogimiento de la apelación especial interpuesta por el acusado...
A juicio de esta Cámara el fallo proferido en apelación explica con claridad las razones por las cuales no acoge la impugnación del sindicado; razones que como puede apreciarse son lo suficientemente inteligibles y ajustadas a derecho.
El hecho que el recurrente no esté de acuerdo con la forma en que se resolvió su apelación especial no convierte en infundada la resolución de la Sala..."