Casación No. 220-2006

Sentencia del 28/02/2007

"...esta Cámara encuentra que el fallo recurrido contiene los razonamientos mediante los cuales el órgano de alzada sustentó debidamente las razones por las cuales declaró improcedente el recurso presentado, pues luego de haber analizado de forma individualizada cada una de las vulneraciones denunciadas en el recurso de alzada, el tribunal ad quem cumplió con resolver en forma clara y precisa cada uno de los agravios sustentados, comprobándose de esta forma que el fallo recurrido cumple con el requisito formal de fundamentación, ya que cumplió a cabalidad con sustentar los razonamientos en que basó su decisión, por lo que al determinarse que no se cometió vulneración alguna al artículo 11Bis del Código Procesal Penal..."