Casación No. 2-2007

Sentencia del 19/06/2007

"...cabe señalar que el parámetro que sirve para determinar la relación de causalidad son los hechos acreditados, no así las pruebas, por lo que la Sala recurrida en la sentencia de fecha doce de diciembre de dos mil seis, da cumplimiento al citado artículo al establecer que no existe medio de prueba idónea que acredite que se realizó una acción para producir la muerte de la víctima, ni de manera dolosa, ni culposa, deduciéndose que la responsabilidad no puede existir sin causalidad, siendo presupuesto necesario probarse de manera inequívoca y racionalmente el nexo causal, y la culpabilidad. Razón por la que el tribunal ad quem, absolvió de todo cargo al sindicado, pues la relación de causalidad es inexistente ya que el tribunal de sentencia al apreciar la reconstrucción de los hechos determinó que no habían pruebas ni testigos que hayan presenciado la muerte de la menor por parte de su progenitor, sino que el tribunal sentenciador se basó únicamente en los dictámenes que rindieron los peritos..."