"...Analizando la sentencia de segunda instancia, el Tribunal de Casación considera que la misma sí se encuentra lo suficientemente fundamentada, pues la Sala al resolver el motivo de fondo objeto de la apelación especial, expresó: (...) Las razones expuestas justifican la resolución emitida, porque en el texto considerativo de la resolución recurrida, se exponen con argumentos claros y concretos las razones por las cuales la Sala estima que no concurren las violaciones legales denunciadas. El pronunciamiento es explícito en su razonamiento y se entiende porqué no ha acogido la apelación interpuesta por el acusado. Por consiguiente, el fallo impugnado sí cumple con la fundamentación exigida por el artículo 11 Bis del Código Procesal Penal..."