"...Al realizar el análisis de los argumentos esgrimidos, esta Corte concluye que los mismos no tienen relación con el caso de procedencia invocado, por cuanto que el recurrente no señala cuál o cuáles son los puntos esenciales de sus alegatos que el Tribunal -ad quem- dejó de resolverle, lo que impide realizar el estudio comparativo de rigor..."