Casación No. 114-2004

Auto del 26/08/2004

“...del examen realizado al escrito presentado al efecto por el recurrente, se establece lo siguiente: A) El interponente no cumplió con sustentar las argumentaciones necesarias por cada uno de los subcasos de procedencia en los que fundamentó el recurso, toda vez que se limitó a transcribirlos sin hacer algún análisis sobre la procedencia del mismo, inobservando el imperativo legal contenido en el artículo 443 del Código Procesal Penal. B) En cuanto a las normas que denunció violadas, se determina que el recurrente no sustentó las argumentaciones necesarias por cada una de ellas, por lo que no se cumple con señalar de manera clara y precisa la forma en que fueron vulneradas y el agravio causado, impidiendo al tribunal de casación realizar el examen que conforme al artículo 442 del Código Procesal Penal corresponde”.