“...al acreditarse por el tribunal sentenciador de primer grado, el nexo causal entre la acción consistente en la orden para dar muerte a la antropóloga Mack Chang, transmitida al especialista Noel de Jesús Beteta Álvarez por parte del Coronel Juan Valencia Osorio, en su calidad de Jefe del Departamento de Seguridad del Estado Mayor Presidencial y el resultado consistente en su muerte, la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones violó el artículo 10 del Código Penal al no aplicarlo al caso que se juzga, bajo pretexto de una contradicción inexistente y de un hecho que el tribunal de primer grado no tuvo por acreditado. Pero no solamente la relación de causalidad se tuvo por demostrada por el tribunal de sentencia de primera instancia en contra del imputado Juan Valencia Osorio, sino también su autoría,..."
“...la Cámara Penal estima, como ya lo razonó (...) que efectivamente la Sala impugnada violó por falta de aplicación el artículo 10 del Código Penal al absolver al sindicado Juan Valencia Osorio, por lo cual también deberá declararse procedente en cuanto a él el presente subcaso (...)
Ahora bien, en lo que concierne a los imputados Juan Guillermo Oliva Carrera y Edgar Augusto Godoy Gaitán, a juicio de esta Corte, la Sala recurrida no incurrió en la violación legal alegada, por las siguientes razones: En primer término, porque la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones no podía dar por acreditada la existencia de una relación de causalidad en contra de los sindicados Juan Guillermo Oliva Carrera y Edgar Augusto Godoy Gaitán, si la misma no se tuvo por probada por el tribunal de sentencia....".