Casación No. 103-2006

Sentencia del 23/06/2006

"...La Cámara Penal tomando en cuenta la parte considerativa de la sentencia impugnada en casación, desestima la tesis del recurrente en cuanto a que dicho fallo carezca de fundamentación, atendiendo a que de su examen se ha podido establecer que el tribunal de apelación ha expresado las razones por las cuales aprecia que el pronunciamiento de primer grado sí se encuentra fundamentado, explicando de manera entendible porqué no concurren las contradicciones probatorias sostenidas por el apelante y porqué sí se encuentra debidamente motivada la decisión en cuanto a la prueba señalada por el imputado en el recurso. En virtud de lo anterior, el razonamiento vertido en la sentencia impugnada es suficiente para comprender las razones por las cuales el órgano jurisdiccional de segundo grado consideró que no concurrían los agravios de procedimiento denunciados en los dos motivos de apelación especial por forma que fueron objeto del recurso... En conclusión, la resolución contra la cual manifiesta su oposición el accionante, sí se encuentra justificada lo suficientemente clara para comprender la improsperabilidad decretada de la apelación especial. Por consiguiente, no siendo reales los agravios normativos denunciados, la improcedencia de la casación deberá ser declarada..."