Casación No. 192-2003

Sentencia del 11/11/2003


“...Esta Cámara considera lo siguiente: Que la casacionista invoca interpretación errónea de la ley, cita como infringido el artículo 1 del Código Tributario, 89, 90, 101 del CAUCA Y Sección 2.03 del RECAUCA inciso h). El argumento que presenta lo hace consistir en que la Sala omitió al efectuar la selección de las normas en que fundamentó su decisión los artículos antes citados, puesto que únicamente fundamentó su hipótesis que por el hecho de que no se le dio a conocer oficialmente los certificados de análisis efectuados a la póliza de importación ajustada a la entidad demandante...La interpretación errónea de la ley se da cuando la norma ha sido elegida correctamente por el juzgador, pero no se le da la exégesis correcta.
En el caso que nos ocupa, la casacionista al expresar su tesis con relación al submotivo de interpretación errónea de la ley, indica que el tribunal de segunda instancia cometió error...en su actividad jurídico-intelectual, al momento de discernir y seleccionar las normas que sirvieron para fundamentar su decisión... habiendo omitido la Sala al efectuar la selección de las normas en que fundamentó su decisión los artículos 89, 90, 101 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, y la Sección 2.03 inciso h) de su Reglamento, artículos que consideró infringidos.
De lo expuesto por la impugnante, esta Cámara advierte que se incurre en deficiencia técnica de planteamiento que impide efectuar el análisis comparativo de rigor, al indicar la casacionista que la Sala al hacer la selección de las normas en que fundamentó su decisión: “omitió los artículos del Código Tributario y 89, 90, 101 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, Sección 2.03 inciso h) de su Reglamento...”, ya que no es propio para sustentar ese submotivo, sino más bien para otro submotivo de fondo, distinto al de interpretación errónea de la ley...”