“...Esta Corte estima que existe error en el planteamiento de la presente casación, toda vez que los argumentos de la tesis presentada no se ajustan a los supuestos del submotivo invocado. Del análisis de los términos en que la recurrente presenta su tesis se establece que el verdadero sentido de su impugnación está dirigido contra el acto valorativo-estimativo de la prueba, lo cual sólo se acomoda al submotivo de error de derecho; sin embargo, para sustentar tal impugnación alega la tergiversación del contenido de la prueba, lo cual es exclusivo del submotivo de error de hecho...”