“...En virtud de lo expuesto, se arriba a la conclusión que la sentencia impugnada hace un análisis general, en el que al pronunciarse sobre la improcedencia de los ajustes, aún sin mencionarlo, incluye las multas impuestas, cuando evidentemente los reparos formulados tiene distinto fundamento para cada caso, por lo que se incurrió en quebrantamiento sustancial del procedimiento, al no haberse pronunciado ni emitir declaración sobre las pretensiones oportunamente deducidas, es decir sobre cada uno de los argumentos en que el recurrente sustento su impugnación en lo contencioso. Consecuentemente, debe casarse la sentencia impugnada y ordenarse al tribunal que dicte nueva sentencia realizando un análisis separado de cada uno de los ajustes y las multas impuestas a la contribuyente, conforme lo solicitado y argumentado en el memorial que contiene la demanda contencioso administrativa...”