Casación No. 139-2005

Sentencia del 29/06/2006

“... Es importante señalar con relación a lo expuesto que el recurrente no propone tesis sobre el caso denunciado sino que únicamente se limitó a señalar los fundamentos que tuvo la Sala sentenciadora para emitir su fallo, circunstancia por la cual no es posible hacer el análisis comparativo de rigor...”
“...se estima que el recurrente incurre en error de planteamiento al expresar que la Sala cometió error de derecho en la apreciación de la prueba, pues utiliza argumentos que no corresponden a este submotivo, sino a otro distinto con supuestos diferentes y que debe ser analizados con otra tesis, por fundamentarse y apoyarse en normas sustantivas y no procesales de estimativa probatoria...”