Impulsa la implementación de la “Carpeta Judicial Electrónica”.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
ACUERDO NÚMERO 53-2012
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República establece que el Estado de Guatemala se organiza para proteger a las personas y a la familia, su fin supremo es la realización del bien común y que corresponde al Organismo Judicial, en ejercicio de la soberanía delegada por el pueblo, impartir justicia conforme a la ley.
CONSIDERANDO
Que con el objeto de lograr que la administración de la justicia penal se administre de forma eficiente y expedita es necesario utilizar tecnología de punta e implementar la “Carpeta Judicial Electrónica” como parte integral de la “Política Cero Papel”, iniciando con un proyecto piloto en el Juzgado de Primera Instancia, Tribunal y Sala de la Corte de Apelaciones, todos del ramo penal, especializados en delitos de Femicidio y Otras Formas de Violencia Contra la Mujer con sede en el departamento de Guatemala.
CONSIDERANDO
Que el proyecto del “Carpeta Judicial Electrónica” incorpora tecnología de última generación y entre sus principales ventajas: centraliza la información; reducción de tiempos; existe un control eficiente de plazos legales; genera reportes estadísticos confiables; mejora las condiciones de higiene, orden y seguridad de las instalaciones físicas; reducción de costos y se garantiza la seguridad en el resguardo de la información. Asimismo dicho proyecto cuenta con los dictámenes favorables de Asesoría Jurídica, Auditoria Interna, Secretaria de Planificación y Desarrollo Institución, Centro de Informática y Telecomunicaciones (CIT) y Gerencia Financiera.
POR TANTO:
Con fundamento en lo considerado y lo que preceptúan los artículos 203 y 205 de la Constitución Política de la República; 54 incisos a), f) y m), 77 y 94 de la Ley del Organismo Judicial, la Corte Suprema de Justicia integrada como corresponde,
ACUERDA:
Artículo 1. Impulsar la implementación de la “Carpeta Judicial Electrónica” como parte integral de la Política Cero Papel del Organismo Judicial teniendo como proyecto piloto en el Juzgado de Primera Instancia, Tribunal y Sala de la Corte de Apelaciones, del Ramo Penal, Especializados en delitos de Femicidio y otras formas de Violencia Contra la Mujer con sede en el departamento de Guatemala.
Artículo 2. Se establece la “Carpeta Judicial Electrónica”, como herramienta de registro para la gestión penal por audiencias en el ramo penal e iniciará como proyecto piloto en los entes jurisdiccionales citados en este acuerdo dentro de las funcionalidades del Sistema de Gestión de Tribunales (SGT), a efecto que en el mismo se realicen los registros y almacenamiento de los documentos y archivos que se van generando a lo largo del trámite de los procesos judiciales.
Artículo 3. Para viabilizar este proyecto el Centro de Informática y Telecomunicaciones desarrollará en el Sistema de Gestión de Tribunales (SGT), el escritorio virtual dentro del cual funcionará la Carpeta Judicial Electrónica, la cual contendrá la digitalización de documentos de todos los actos judiciales que se realicen dentro del proceso respectivo.
Artículo 4. La Política Cero Papel a implementarse en los Tribunales en el Organismo Judicial consiste en que en todos los actos judiciales se realicen de forma electrónica; para alcanzar esto se necesita un proceso de transición iniciando con el proyecto piloto tratando de cambiar la cultura del expediente en los actores.
Artículo 5. La captura, digitalización y registro de los documentos estará a cargo de los asistentes de las unidades administrativas del despacho judicial de conformidad a las funciones designadas en el manual de funciones de la gestión penal por audiencias; debiendo la Unidad de Atención al Público registrar todos aquellos documentos de casos nuevos que ingresen al despacho. La Unidad de Comunicaciones deberá registrar todos aquellos requerimientos escritos que sean presentados por los sujetos procesales de conformidad a la ley, y; la Unidad de Audiencias deberá registrar todos aquellos documentos que fueren incorporados durante el desarrollo de las audiencias. El Secretario digitalizará lo correspondiente a su cargo.
Artículo 6. Previo al inicio de este proyecto se deberán digitalizar todos los registros de los procesos judiciales activos de los entes jurisdiccionales designados como proyecto piloto.
Artículo 7. El Centro de Informática y Telecomunicaciones deberá adoptar todas las medidas de seguridad electrónicas que garanticen el resguardo y la consulta de la información.
Artículo 8. La Secretaría de Planificación y Desarrollo Institucional velará porque el trámite de la “Carpeta Judicial Electrónica” se incluya dentro del Manual de Procedimientos específicos para los Juzgados y Tribunales Especializados en Femicidio y Otras Formas de Violencia Contra la Mujer aprobado por la Corte Suprema de Justicia y que los flujos de procedimientos establezcan para las partes dentro del proceso la entrega de actuaciones judiciales cuando corresponda.
Articulo 9. El control institucional estará a cargo de la Supervisión General de Tribunales, dentro de sus funciones de carácter preventivo y el monitoreo del proyecto piloto estará a cargo de la Secretaría de Fortalecimiento Judicial, quienes podrán auxiliarse del Centro de Informática y Telecomunicaciones (CIT) en la generación de reportes correspondientes, exclusivamente, al uso del sistema informático. El control primario del cumplimiento de la función de captura, digitalización y registro de conformidad a las funciones de cada estación de trabajo del despacho judicial, estará a cargo del Secretario del órgano jurisdiccional, quien deberá rendir informe al juez(a) o jueces titulares del despacho judicial para los casos concretos asignados.
Artículo 10. El trámite de la “Carpeta Judicial Electrónica” en su primera fase como proyecto piloto se circunscribirá a los procedimientos y trámites internos dentro del ente jurisdiccional respectivo, por lo que no se aplicará a los actos judiciales externos. Aquellas notificaciones que por mandato legal deban hacerse personalmente y las sentencias deberán hacerse por escrito; sin embargo, para el caso de las sentencias, paulatinamente se podrá realizar el procedimiento siguiente: emitir la sentencia y firmarla los jueces; dar lectura integra en audiencia con lo cual estarán legalmente notificadas las partes; someter la sentencia al proceso de digitalización; subir la sentencia al escritorio virtual y enviar por correo electrónico; entregar en disco compacto o discos de almacenamiento externo y cumplir con la entrega de copias a las partes.
Artículo 11. El Organismo Judicial deberá garantizar el acceso a los usuarios del sistema a la carpeta judicial electrónica
Artículo 12. El proyecto podrá extenderse gradualmente a otros órganos jurisdiccionales en base a la evaluación de resultados del proyecto piloto; emitiendo la Corte Suprema de Justicia la disposición respectiva sin la cual no se podrá implementar.
Artículo 13. El presente Acuerdo surte efecto a partir del cinco de octubre de dos mil doce y deberá publicarse en el Diario de Centro América.
Dado en el Palacio de Justicia, en la Ciudad de Guatemala, el diecinueve de septiembre de dos mil doce.
COMUNÍQUESE,
Thelma Esperanza Aldana Hernández, Presidenta del Organismo Judicial y de la Corte Suprema de Justicia; Erick Alfonso Álvarez Mancilla, Magistrado Vocal Primero; César Ricardo Crisóstomo Barrientos Pellecer, Magistrado Vocal Segundo; Gabriel Antonio Medrano Valenzuela, Magistrado Vocal Tercero; Gustavo Adolfo Mendizábal Mazariegos, Magistrado Vocal Cuarto; Héctor Manfredo Maldonado Méndez, Magistrado Vocal Quinto; Rogelio Zarceño Gaitán, Magistrado Vocal Sexto; Luis Alberto Pineda Roca, Magistrado Vocal Octavo; Mynor Custodio Franco Flores, Magistrado Vocal Noveno; José Arturo Sierra González, Magistrado Vocal Undécimo; Luis Arturo Archila L., Magistrado Vocal Duodécimo; Dimas Gustavo Bonilla, Magistrado Vocal Décimo Tercero; Jorge Mario Valenzuela Días, Magistrado Presidente de la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente. María Cecilia de León Terrón, Secretaria de la Corte Suprema de Justicia en Funciones.