ACUERDO No. 38-2012
DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DEL 01/08/2012

Modifica el Acuerdo 23-2012, por medio del cual creó la Sala Séptima de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Huehuetenango.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

ACUERDO NÚMERO 38-2012

CONSIDERANDO

Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia emitir las disposiciones que estime pertinentes, para hacer efectivo el funcionamiento de cada uno de los órganos jurisdiccionales, distribuir la competencia por razón de la materia, de la cuantía y del territorio; así como establecer los juzgados en el número y los lugares que considere convenientes para la administración de justicia pronta y cumplida.

POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y en lo que para el efecto preceptúan los artículos 12, 203 y 209 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 53, 54 literal f), 57, 58 literal f), 62 y 86, 87, 88 y 89 de la Ley del Organismo Judicial,

ACUERDA:

Artículo 1. Modificar el artículo uno del Acuerdo veintitrés guión dos mil doce, de la Corte Suprema de Justicia, el cual queda de la siguiente manera:

“Artículo 1. Crear la Sala Séptima de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Huehuetenango, la que tendrá competencia por razón del territorio en ese mismo departamento y por la materia en el ramo penal: delitos de femicidio y otras formas de violencia contra la mujer, narcoactividad, delitos contra el ambiente y de adolescentes en conflicto con la ley penal.”

Artículo 2. Modificar el artículo tres del Acuerdo veintitrés guión dos mil doce, de la Corte Suprema de Justicia, el cual queda así:

“Artículo 3. Se modifica la competencia por razón de la materia de la Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Huehuetenango, la cual conocerá de los ramos: civil, mercantil, niñez y adolescencia, familia y laboral, debiendo remitir los expedientes de las otras materias que se encuentren en trámite y que por razón de competencia deban ser conocidos por la Sala Séptima de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Huehuetenango para continuar con el trámite hasta su fenecimiento.”

Artículo 3. El presente Acuerdo entrará en vigencia el veinte de agosto de dos mil doce y deberá publicarse en el Diario de Centro América, órgano oficial de la República de Guatemala.

Dado en el Palacio de Justicia, en la ciudad de Guatemala, el uno de agosto de dos mil doce.

COMUNÍQUESE,

Thelma Esperanza Aldana Hernández, Presidenta del Organismo Judicial y de la Corte Suprema de Justicia; Erick Alfonso Álvarez Mancilla, Magistrado Vocal Primero; César Ricardo Crisóstomo Barrientos Pellecer, Magistrado Vocal Segundo; Gabriel Antonio Medrano Valenzuela, Magistrado Vocal Tercero; Gustavo Adolfo Mendizábal Mazariegos, Magistrado Vocal Cuarto; Héctor Manfredo Maldonado Méndez, Magistrado Vocal Quinto; Rogelio Zarceño Gaitán, Magistrado Vocal Sexto; Luis Alberto Pineda Roca, Magistrado Vocal Octavo; Mynor Custodio Franco Flores, Magistrado Vocal Noveno; Ervin Gabriel Gómez Méndez, Magistrado Vocal Décimo; José Arturo Sierra González, Magistrado Vocal Undécimo; Luis Arturo Archila L., Magistrado Vocal Duodécimo; Dimas Gustavo Bonilla, Magistrado Vocal Décimo Tercero. María Cecilia De León Terrón, Secretaria de la Corte Suprema de Justicia en Funciones.