Transforma el Juzgado de Primera Instancia del Municipio de Santiago Atitlán, del departamento de Sololá, en Juzgado Pluripersonal.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
ACUERDO NÚMERO 28-2012
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia crear Juzgados y Tribunales, así como establecer su competencia, con el fin de asegurar la eficacia del servicio judicial, en especial, en los plazos establecidos en ley, para responder a la demanda de tutela judicial de los ciudadanos guatemaltecos.
CONSIDERANDO
Que para responder a la carga de trabajo del Juzgado de Primera Instancia del municipio de Santiago Atitlán, del departamento de Sololá, se requiere de acciones que se adecuen a la realidad nacional para dar respuesta pronta a la demanda de justicia dentro de un sistema administrado por audiencias.
POR TANTO:
Con base a lo considerado y para lo que al efecto establecen los artículos 203 y 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 47 y 52 del Código Procesal Penal, Decreto 51-92 del Congreso de la República de Guatemala; 53, 54 literal f) 58, 77 y 94 de la Ley del Organismo Judicial Decreto número 2-89 del Congreso de la República de Guatemala, la Corte Suprema de Justicia integrada como corresponde,
ACUERDA:
TRANSFORMAR EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO ATITLÁN, DEL DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ, EN JUZGADO PLURIPERSONAL
Artículo 1. Organización y objeto. Se transforma el Juzgado de Primera Instancia del municipio de Santiago Atitlán, del departamento de Sololá, en pluripersonal, organizándose de conformidad al artículo trece, del Reglamento Interior de Juzgados y Tribunales Penales, Acuerdo número veinticuatro guión dos mil cinco, de la Corte Suprema de Justicia.
La transformación del despacho judicial tiene por objeto distribuir las cargas de trabajo, como el conocimiento jurisdiccional y la especialización de las materias para mejorar la calidad y el tiempo de respuesta del sistema de justicia; facilitando el impulso de un sistema de justicia administrado por audiencias en materia penal.
Artículo 2. Integración de la sede pluripersonal. Se asigna para el Juzgado de Primera Instancia del municipio de Santiago Atitlán, del departamento de Sololá, un juez con la finalidad de garantizar un mejor acceso a la justicia y especializar al juez titular actual para el conocimiento de los casos de la materia penal que ingresen al despacho judicial; asimismo, se asigna un Oficial III, para dicho órgano jurisdiccional, con la finalidad de que se integre a las unidades administrativas, de conformidad al Reglamento Interior de Juzgados y Tribunales Penales y se organice de conformidad al Manual de funciones de los Juzgados de Primera Instancia Penal.
Artículo 3. Espacios comunes. El despacho judicial contará con el apoyo directo del personal auxiliar judicial que actualmente lo conforma, mediante el sistema de servicios comunes, para el efectivo funcionamiento de la actividad jurisdiccional.
Artículo 4. Estructura administrativa jerárquica. Los jueces que integran el Juzgado de Primera Instancia del municipio de Santiago Atitlán del departamento de Sololá, serán titulares del despacho judicial ante los casos que les hubieran sido asignados, debiendo mantener la coordinación entre sí, así como con el secretario en sus funciones administrativas del despacho judicial, con el propósito de garantizar la pronta y eficaz administración de justicia y evitar la demora judicial en la tramitación de los procesos. La estructura organizacional administrativa interna del despacho judicial iniciará su gestión de forma inmediata y en apoyo a los jueces que integran la sede pluripersonal.
Artículo 5. Competencia. El juez titular actual tendrá competencia para conocer de los casos nuevos y los que estén en trámite correspondientes a la materia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer.
El juez designado será competente para conocer de los casos nuevos y los que estén en trámite de las materias civil, laboral y familia. En consecuencia el juez titular actual deberá trasladar inmediatamente al juez designado para su conocimiento, todos los expedientes que se encuentren en trámite de todas las materias que no correspondan a la materia penal, para su finalización conforme la competencia territorial previamente establecida para el Juzgado de Primera Instancia del municipio de Santiago Atitlán del departamento de Sololá.
Artículo 6. Informe mensual temporal de la carga de trabajo. Los jueces deberán presentar a la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia, dentro de los primeros cinco días de cada mes, informe del inventario de los casos, detallando: número de causa, materia, la nominación del o los delitos, sujetos procesales y la forma de finalización de todo proceso que por materia deben conocer, únicamente los tres primeros meses posteriores a la transformación a juzgado pluripersonal.
Artículo 7. Creación de plazas. La Presidencia del Organismo Judicial girará instrucciones a la Gerencia Financiera para que realice las previsiones presupuestarias correspondientes para la creación de una plaza de Juez de Primera Instancia y una de Oficial III. Mientras se realiza el trámite correspondiente, se designará un Juez de Primera Instancia Suplente.
Articulo 8. Vigencia. El presente Acuerdo entrará en vigencia quince días siguientes de su publicación integra en el Diario de Centro América, órgano oficial de la República de Guatemala.
Dado en el Palacio de Justicia, en la ciudad de Guatemala, el trece de junio de dos mil doce.
COMUNÍQUESE,
Thelma Esperanza Aldana Hernández, Presidenta del Organismo Judicial y de la Corte Suprema de Justicia; Erick Alfonso Álvarez Mancilla, Magistrado Vocal Primero; César Ricardo Crisóstomo Barrientos Pellecer, Magistrado Vocal Segundo; Gabriel Antonio Medrano Valenzuela, Magistrado Vocal Tercero; Gustavo Adolfo Mendizábal Mazariegos, Magistrado Vocal Cuarto; Héctor Manfredo Maldonado Méndez, Magistrado Vocal Quinto; Rogelio Zarceño Gaitán, Magistrado Vocal Sexto; Luis Alberto Pineda Roca, Magistrado Vocal Octavo; Ervin Gabriel Gómez Méndez, Magistrado Vocal Décimo; Luis Arturo Archila L., Magistrado Vocal Duodécimo; Dimas Gustavo Bonilla, Magistrado Vocal Décimo Tercero; Jorge Mario Valenzuela Díaz, Magistrado Presidente de la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente; Artemio Rodulfo Tánchez Mérida, Magistrado Presidente de la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente. María Cecilia De León Terrón, Secretaria de la Corte Suprema de Justicia en Funciones.