Expediente No. 919-2017

Sentencia de Casación del 21/11/2017

“…se demuestra claramente que la Sala cuestionada sí expresó una motivación jurídica propia y suficiente en la que valora de forma integral la sentencia impugnada y en la que se ocupa detalladamente de responder al agravio planteado, concluyendo que dicha sentencia no contiene ninguna violación a las reglas de la sana crítica razonada, lo cual incluye los principios de la lógica, la psicología y la experiencia. Así mismo, Cámara Penal, estima que los argumentos utilizados por la Sala recurrida para desestimar la existencia de una injusticia notoria en la sentencia de primer grado resultan amplios y suficientes ya que advirtió que los testigos de cargo que se presentaron al debate son todos referenciales lo que implica que no les constan de vista los hechos imputados al acusado y la juzgadora de primer grado no tuvo otros medios de prueba con los cuales concatenarlos para poder emitir una sentencia condenatoria, puesto que ni siquiera los objetos que supuestamente le fueron incautados al acusado al momento de su detención, fueron incorporados al debate por su exhibición, con lo cual se evidencia que hubo deficiencias por parte del agente fiscal asignado al caso…”