Expediente No. 9-2017

Sentencia de Casación del 01/08/2017

“….Como consecuencia de abstenerse de resolver de manera motivada (…), se produce la violación del artículo 11 Bis del Código Procesal Penal, pues la Sala debió emitir pronunciamiento en el cual efectuara un análisis sobre los elementos que integran los tipos penales de homicidio y homicidio preterintencional, concatenados con los hechos acreditados, a efecto de establecer qué delito resultaba aplicable al caso concreto. En consecuencia, para tener por legitimada la respuesta de la Sala, esta debió referirse de manera puntual respecto de los agravios expuestos en el recurso de apelación especial, específicamente en cuanto a por qué, según su razonamiento, las acciones tomadas por el procesado podrían encuadrarse en el delito de homicidio preterintencional o bien en el delito de homicidio, según criterio de la Sala, aspecto sobre el cual, como quedó apuntado, la Sala no resolvió de manera fundamentada…”