“…En el presente caso, (…) al examinar la resolución atacada, se estima que no se vulneraron los artículos 5 y 11 Bis del Código Procesal Penal, toda vez que, dentro del tercer considerando de la sentencia objeto de la presente casación, se esgrimen las razones necesarias y congruentes para dar a conocer a las partes procesales su decisión, si bien es cierto que la resolución no cuenta con una exhaustiva motivación, es también cierto que contiene los criterios relevantes que explican la decisión con base en los argumentos que el apelante expuso en su memorial de interposición del recurso, como lo fue el análisis realizado por el Ad quem, respecto a la correcta aplicación del principio de razón suficiente dentro del fallo de primer grado, habiendo establecido que el ente investigador no logró demostrar su plataforma fáctica y porque se consideró oportuno no otorgarle valor probatorio a la declaración de la víctima (…). En cuanto a lo manifestado por el Ministerio Público, respecto que, no se emitió opinión respecto al tiempo transcurrido entre la supuesta violación y la revisión médica, y que, no se tomó en cuenta que también se acusó al procesado por violación oral, al haber realizado el análisis correspondiente, se determinó que los referidos aspectos no fueron alegados dentro del recurso de apelación especial, y por ese motivo es que, la Sala de Apelaciones no los abordó dentro de la resolución impugnada, como ahora lo reclama el ente investigador…”