Expediente No. 439-2015

Sentencia de Casación del 08/05/2017

“…esta Cámara procede hacer nuevo pronunciamiento en la casación planteada, en la que aprecia que la Sala intentó resolver el agravio refiriéndose a prueba pericial no objetada y a la metodología de género, lo cual fue impropia para el caso de mérito, indicando que el fallo cumplía con las cuatro exigencias de la fundamentación y que la sentencia es congruente con los medios de prueba, considerando que el sentenciante se apoyó en razonamientos lógicos y coherentes, siendo su fundamentación clara, precisa, legítima y lógica, aplicándose el principio de razón suficiente y de no contradicción en la valoración de los medios de prueba, faltando la Sala en resolver la puntual denuncia del recurrente, lo cual es insuficiente para considerarla como debidamente resuelta (…). Por tal razón, se vulnera el debido proceso porque se niega el derecho a la clara y objetiva resolución de los puntos alegados en un recurso procesal, de tal forma que el órgano jurisdiccional que incumple esta función, vulnera el derecho de defensa...”