Expediente No. 1806-2016

Sentencia de Casación del 31/05/2017

“…Cámara Penal, (…), advierte que fue probado el hecho sujeto a juicio, el que consistió en que, el procesado entregó al querellante el cheque número (…), girado contra la cuenta a su nombre del banco (…), por la suma de (…). Que el referido cheque fue en pago del producto que tiempo atrás el acusado retiró de la bodega del querellante, y que para efecto del pago le entregó a este un vale que nunca pagó, y que a causa de los múltiples requerimientos de pago que le formuló el querellante exclusivo, el (…) ambos firmaron un contrato privado con legalización de firmas, por medio del cual el acusado se comprometió a cancelar dicha cantidad en la fecha y por la cantidad (…) descrita, el cual al ser presentado para su pago en el banco librado no tenía los fondos suficientes para cubrirlo, de esa cuenta, el delito se perfeccionó cuando existe relación causal entre hechos acreditados y resultado típico, si el tribunal dio por probado la emisión del referido cheque sin provisión de fondos para cubrir la deuda de un negocio comercial, y al haberse determinado que sí concurrieron los elementos del delito de estafa mediante cheque, juicio que este tribunal comparte, por cuanto se acreditaron, los elementos de emisión de cheque para cubrir el pago de una transacción comercial lícita entre las partes. Además, tal como indicó la juez a quo, lo que determina la existencia del delito cometido es que el querellado (…) le dio en pago al querellante exclusivo (…) el cheque objeto del delito, y el mismo no es a consecuencia de una deuda, no fue dado en garantía ni en blanco, como lo argumentó su defensa, todo lo contrario, fue dado en pago, y rehusado por falta de fondos disponibles a su presentación al banco...”