Expediente No. 1694-2016

Sentencia de Casación del 21/08/2017

“…Al analizar lo resuelto por la Sala, se aprecia que no dio respuesta fundada a su decisión de acoger las denuncias planteadas en apelación especial, pues, se limitó a realizar consideraciones generales, sin abordar los reclamos concretos del apelante (…). La Sala, para dar respuesta fundada a su decisión debió examinar si las conclusiones a las que arribó el sentenciante al valorar los testimonios de (...) (menor agraviada), (...) (madre de la agraviada), (…), constituyen inferencias lógicas que respetan las reglas de la sana crítica razonada denunciadas, o si por el contrario, la información que aporta la prueba relacionada, pudo haber conducido a una decisión distinta de la de condena. Sólo después de realizarse ese análisis y comprobación de que en la valoración de los relacionados medios de prueba, se observaron las reglas de la sana crítica razonada denunciadas, se puede legitimar el dispositivo del fallo. Al no haber resuelto de esta manera, la Sala faltó a su deber de fundamentación…”