“…Cámara Penal advierte que la Sala de Apelaciones no dio respuesta al procesado, sobre las contradicciones señaladas en apelación especial vulnerando de esta forma los derechos de defensa en juicio y el debido proceso, ya que es exigencia legal que las sentencias de segunda instancia sean lógicamente explicadas, que contengan la necesaria argumentación jurídica y que resuelvan todos los puntos expresamente impugnados. En consecuencia, la Sala impugnada deberá pronunciarse sobre los argumentos relacionados a las contradicciones alegadas por el procesado en cuanto a resolver si hubo incumplimiento de las reglas de la sana crítica razonada en cuanto a las reglas de la lógica en su principio de derivación, y razón suficiente en las declaraciones del testigo presencial (…), como en el dictamen pericial (…), especifiamente en cuanto a los argumentos relacionados con los disparos que recibió la víctima y la motocicleta que se encontraba parqueada en el lugar del hecho, tal como fue denunciado en apelación especial, toda vez que no existió pronunciamiento a este reclamo…”