Expediente No. 1602-2015

Sentencia de Casación del 05/12/2017

“…Cámara Penal estima que, la Sala de Apelaciones dio respuesta a la denuncia planteada por el Ministerio Público, pues fue concluyente en explicarle que los medios probatorios se valoraron sobre la base de los principios del razonamiento jurídico, enlazados con las reglas de la sana crítica razonada, que dieron como resultado la conclusión de absolver al sindicado (…) del delito de femicidio, aplicándolas de manera correcta. Es de hacer la acotación que, el ad quem se encontraba limitado a realizar un análisis profundo del reclamo, por la forma en que le fue planteado el recurso de apelación especial, porque la argumentación del apelante giró en torno a censurar la valoración de la plataforma probatoria y su pretensión respecto a que se variara esa decisión, por ello, se estima que dicho tribunal atendió los reclamos planteados, no obstante la pretensión de revaloración de la prueba por parte del ente acusador, (…). Se concluye en que la Sala de Apelaciones respondió el reclamo, pues habiendo alegado la supuesta contradicción en que incurrió el sentenciador al conferirle valor probatorio a las declaraciones de (…), la Sala de Apelaciones le explicó que únicamente sustentaron que habían visto al procesado con la supuesta agraviada, así como que se localizó un cadáver pero que no fue confirmada su identidad teniendo como consecuencia de la prueba aportada al juicio, la absolución…”