Expediente No. 1544-2016

Sentencia de Casación del 25/08/2017

“…se puede derivar que no existe la falta de fundamentación alegada por la procesada, pues la Sala expuso de forma clara y comprensible las razones en que se basó para desestimar el motivo de fondo de la apelación especial. Por lo tanto, en el presente caso no ha existido “falta de fundamentación” en el sentido de una ausencia de motivación clara de las razones que justifican la decisión. Pero si acaso la inconformidad de la procesada persistía en cuanto al contenido del razonamiento que compartieron tanto el tribunal de sentencia como la Sala, el motivo de casación apropiado no habría sido el de falta de fundamentación, sino uno de fondo en el que se denunciase la violación de las normas de derecho sustantivo que rigen para el caso concreto (delito de lesiones culposas), cosa que de hecho hizo la procesada al haber invocado un motivo de fondo dentro de la presente casación, pero que finalmente no fue admitido para su discusión por no haberse cumplido con subsanar las deficiencias de planteamiento con que se hizo…”