“…Al analizar lo resuelto por la Sala, se aprecia que no dio respuesta fundada a su decisión de acoger las denuncias planteadas en apelación especial, pues, se limitó a realizar consideraciones generales, sin abordar los reclamos concretos del apelante (…). La Sala, para dar respuesta fundada a su decisión debió examinar si las conclusiones a las que arribó el sentenciante al valorar los testimonios de la víctima y de (…) (hijo de la víctima) relacionados con el peritaje del doctor (…), constituyen inferencias lógicas que respetan el principio de razón suficiente perteneciente a la regla de la derivación, o si por el contrario, la información que aporta la prueba relacionada, pudo haber conducido a una decisión distinta de la de absolución…”