Expediente No. 1414-2015

Sentencia de Casación del 26/07/2017

“…Se colige que la fundamentación realizada por el tribunal de apelación es congruente con los agravios que señaló el apelante, porque este interpuso el recurso de apelación especial sin contenido argumentativo, indicando que el tribunal de sentencia no cumplió con aplicar las reglas de la sana crítica razonada, especialmente el principio de razón suficiente, integrante de la lógica, pero no explicó el por qué no se aplicó y por qué se quebrantaron las reglas del método de valoración, lo cual denota falta de argumentación para sustentar una tesis concreta, lo que impidió que la Sala pudiera realizar la confrontación correspondiente y diera una repuesta más específica. Se advierte entonces que, salvo los medios de prueba antes citados, relacionados con el lugar donde se encontró la droga y el dinero incautados, el planteamiento de la entidad recurrente manifiesta inconformidad con la totalidad de la valoración que realizó el tribunal sentenciante sobre el conjunto de los medios de prueba, sin especificar en forma detallada el por qué no se aplicó la sana crítica razonada en cada medio de prueba, pretendiendo que el tribunal de apelación le diera una respuesta detallada de cada medio de prueba sin una guía concreta que le permitiera realizarlo, de tal forma que la Sala no podía pronunciarse sobre lo que no le fue solicitado por el apelante; no obstante las deficiencias señaladas, se pronunció sobre el fondo del asunto y explicó los argumentos que sustentan su decisión para no acoger el medio de impugnación…”