Expediente No. 1346-2015

Sentencia de Casación del 09/06/2017

“…para resolver en la forma en que lo hizo la Sala de Apelaciones estimó que por haberle dado la razón jurídica al procesado, en cuanto al vicio de forma identificado por el recurrente como “primer sub motivo de forma”, no entraba a conocer el otro sub motivo de forma, así como los motivos de fondo que contenían el recurso de apelaciones especial referido. Como se aprecia del razonamiento anterior, no puede endilgársele al fallo del ad quem omisión de resolución de alegatos, pues dicha autoridad, al resolver de la forma en que lo hizo si bien estimó, no entrar a conocer los restantes vicios denunciados, fue porque esa forma de resolver decretando el reenvió para la celebración de un nuevo debate, lo hizo innecesario, dado los efectos legales que dicha decisión conllevó, pues no es lógico anular un fallo y ordenar nuevo juicio y entrar a considerar si la calificación del hecho fue legal o no, como lo pretendía el apelante, dado que para eso, debía de existir un nuevo pronunciamiento por parte de otro Tribunal de Sentencia…”