Expediente No. 1301-2016

Sentencia de Casación del 03/03/2017

“…Este Tribunal de Casación, del análisis realizado al presente caso, constata la existencia de una fundamentación insuficiente emitida por la Sala (…), ya que no dio una respuesta clara, precisa y motivada a lo pretendido en forma concreta por el interponente, debido a que, como lo solicitó específicamente en el recurso de apelación especial, el ad quem no fundamentó los motivos por los cuales el sentenciante aumentó la pena al sindicado, tales como: a) El por qué aplicó la circunstancia de la intensidad del daño causado; b) tampoco argumentó el por qué aumentó la pena, al tratarse de un delito continuado regulado en el artículo 71 del Código Penal, y fundamentalmente; c) por qué, el juzgador tiene la facultad de aplicar el aumento de la pena de oficio por estas circunstancias sin tratarse por ello de una arbitrariedad del juez, ya que evidentemente no está resolviendo más de lo establecido en la plataforma factica acreditada…”