Expediente No. 1254-2016

Sentencia de Casación del 04/04/2017

“…Cámara Penal estima que (…), no existe falta de fundamentación al resolver el agravio sobre vicios en la aplicación de la sana crítica razonada con respecto a los órganos probatorios testimoniales (…), el tribunal de alzada se concretó a resolver -con base en los argumentos que le fueron expuestos en apelación especial por motivo de forma- en cuanto a la valoración de los testimonios de la víctima (...), los testigos (…), indicando que todas las pruebas fueron valoradas por el a quo de manera individual y en su conjunto explicando de manera razonable, que son congruentes, y se integran con el resto del caudal probatorio de manera coherente, y que no se violaron con ello los principios de la lógica formal, ni mucho menos las reglas de la experiencia y de la lógica, específicamente el de razón suficiente, encontrando en consecuencia, que la fundamentación expuesta por la sentenciante es coherente y clara cuando hace alusión a las conclusiones que se derivan de los medios de prueba testimoniales por lo que no se violó la sana critica razonada, concluyendo que el procesado tiene responsabilidad en el hecho imputado…”