Expediente No. 1238-2016

Sentencia de Casación del 13/02/2017

“…Cámara Penal concluye que dentro del caso sub judice no se vulneró el derecho a la inviolabilidad de la vivienda, al haberse acreditado por el juez de mérito que, dentro de un centro de cumplimiento de condena al realizar una requisa de rutina en el lugar en el pernoctaba (…), al revisar sus pertenencias, dentro de la bolsa trasera de un pantalón de color azul, se incautó un teléfono celular, (…), el cual tenía oculto para su uso, puesto que, las autoridades estatales que se encuentran legalmente a cargo del centro de cumplimiento de condena, se encontraban facultadas para ingresar a la celda (…), sin su consentimiento y sin autorización estatal…”