Expediente No. 1146-2016

Sentencia de Casación del 20/02/2017

“…desde un punto de vista sustancial, el pronunciamiento de la Sala es suficiente para considerarse como debidamente fundamentado, toda vez que lo expresado por la Sala cumple con los requisitos de validez legal, puesto que se pronuncia respecto al agravio denunciado por el sindicado, utilizando los argumentos propios del proceso lógico que siguió el tribunal en la valoración de los distintos medios de prueba, que utilizó para fundar su decisión, y determinó si estos carecían o no de vicios, realizando un análisis intelectivo con sujeción a las reglas de la sana crítica denunciadas por el casacionista como inaplicadas. La Sala, al resolver de la forma en que lo hizo, atendió a una revisión del iter lógico seguido por el Tribunal para otorgarle valor probatorio a los testimonios de (…), además explicó que las mismas se concatenan entre sí y fueron valoradas en conjunto con el dictamen médico y psicológico, situación que dirigió a que el Tribunal de Sentencia emitiera fallo condenatorio en contra del procesado…”