“…esta Cámara estima que, la Sala sí dio respuesta a las denuncias planteadas por el casacionista, pues se refirió a la evaluación psicológica efectuada al menor y posteriormente argumentó que, en las conclusiones del informe se pronunció sobre el daño psicológico que presentaba, lo cual consideró congruente con lo declarado por dicho profesional en el debate, es decir, la Sala dio respuesta a los argumentos con relación a los aspectos que motivaron el relacionado sub motivo y analizó los parámetros bajo los cuales, el juez de primer grado valoró la narración efectuada por el menor ante el profesional de la psicología y la deposición de este en el debate, además, la Sala indicó concretamente que no se protestó la declaración del profesional de la psicología en el debate…”