“…El Ad quem, en su decisión explicó las razones legales por las cuales no acogió el recurso de apelación especial de los acusados. No obstante, para los casacionistas, su razonamiento no es satisfactorio y aducen falta de fundamentación, aunque de hecho el fallo impugnado sí revisó la logicidad de la decisión del tribunal de sentencia en donde especificó en qué consistió la actuación ilícita de cada uno de los acusados (…) que, relacionados de forma lógica, coherente, concatenados entre sí y valorados de conformidad con el sistema de la sana crítica razonada, formaron la convicción del tribunal de la causa, la cual no es contradictoria (…) el A quo pudo formar su convicción sobre la participación de los procesados en los delitos de tortura y detención ilegal con agravantes, lo que permitió que les impusieran las penas de prisión de conformidad con los delitos cometidos y las agravantes probadas…”