Expediente No. 80-2013

Sentencia de Casación del 10/05/2013

“…Cámara Penal estima que, por tratarse de un error en el golpe (aberratio ictus), las circunstancias agravantes de abuso de autoridad y menosprecio al ofendido no son aplicables para elevar la pena, por lo siguiente: a) provienen de la naturaleza de la persona ofendida, por el hecho de ser menor de edad, por lo que debe aplicarse lo regulado en el segundo párrafo del artículo 31 del Código Penal citado; y b) el dolo de muerte no iba dirigido contra la menor (…) sino contra las otras personas (…) y por lo mismo, en el pensar delictivo del ahora procesado no obraba la intención criminal de aprovecharse de la minoría de edad de la víctima, para considerar la ventaja de superioridad del homicida y la indefensión de la agraviada…”