Casaciones No. 1532-2011 y 1670-2011

Sentencia del 15/12/2011

“...Se resuelven los recursos de casación por motivo de forma [Artículo 440 inciso 6) del Código Procesal Penal] sustentados por los acusados Miguel Angel Cerna Guillén, Oscar Evelio Méndez Mártir y Sebastián Chub Ba, en el que denuncian la vulneración del artículo 11 Bis del Código Procesal Penal. Al revisar la sentencia impugnada se verifica qué, el fallo de la Sala excede en su fundamentación los alegatos de los apelantes, pues estos no expresaron el agravio específico que les ocasionaba la sentencia de primer grado, limitándose a hacer observaciones generales, desarrollando conceptos y denuncias de violación de normas, sin ubicar la fuente específica de la sentencia en que este agravio se ubica. Así, en el fallo de la Sala se reflexiona sobre la ausencia de un señalamiento específico por parte de los recurrentes, que acreditara la irrazonabilidad del fallo de primer grado, o bien, en dónde y porqué motivo se transgredían reglas psicológicas o de la experiencia por parte del Tribunal de Sentencia. No obstante, la Sala, no se limita a señalar esa deficiencia, sino que aborda la revisión de logicidad del fallo recurrido, y en general, del respeto del método de valoración probatoria o sana critica razonada, concluyendo en forma clara y con rigor lógico que carecía de sustento jurídico el reclamo de los apelantes. Por tanto, carece de sustento jurídico el reclamo de los casacionistas, pues la Sala fundamentó su fallo y no vulneró ninguna de las normas señaladas por el recurrente, y así deberá hacerse constar en la parte declarativa del presente fallo...”