Casaciones Acumuladas No. 184-2004 y 185-2004

Sentencia del 18/07/2005

"...esta Cámara concluye que no es posible atender lo pedido, ya que los argumentos se encuentran dirigidos a criticar los parámetros sobre los cuales fue determinada la pena impuesta por el Tribunal de Sentencia, cuando debió haberse censurado el razonamiento expuesto por la Sala de Apelaciones sobre este agravio expresado ante ella. Unido a lo anterior, la recurrente expone a la vez que se faltó e indebidamente se aplicó el artículo 65 del Código Penal, lo cual no es posible, en virtud que dichos subcasos de procedencia son excluyentes entre sí. Este Tribunal estima que la indebida aplicación se realiza, cuando la Sala al resolver un caso concreto, aplica un artículo de forma inadecuada, pero cuando se habla de falta de aplicación, debe comprenderse que se omite su uso..."