“...Esta tesis es inadecuada para la sustentación del sub-caso que se denuncia [violación de ley], toda vez que si el casacionista se refiere a que la sala sentenciadora le dio valor probatorio a la certificación extendida por la mencionada perito, se tendría que invocar error de derecho en la apreciación de la prueba, por referirse a documentos que a criterio del impugnante no se les debía haber dado valor probatorio, por haber sido extendidos por una perito contadora que no tiene el carácter de profesional o técnica. Asimismo, la norma que se denuncia como infringida es de naturaleza eminentemente procesal y de conformidad con reiterada jurisprudencia, este submotivo no puede fundamentarse en infracción de normas procesales...”