Casación No. 25-2012

Sentencia del 10/10/2012

“...Transcrito lo anterior, este Tribunal de Casación advierte que la recurrente incurrió en defecto de planteamiento, pues la aplicación indebida presupone la mala elección de una norma que no es pertinente al caso concreto, por lo que considerando que la recurrente argumentó “aplicación indebida por omisión”, es imposible que subsista la aplicación indebida aducida. Siendo así, la Cámara no puede hacer el análisis comparativo de rigor, en vista de que la tesis de la recurrente no es propia del submotivo invocado,...”