No obstante las estimaciones antes hechas, el inciso 3º. del artículo 622 del Código Procesal Civil y Mercantil, es claro en disponer que el presente submotivo sólo puede prosperar si la omisión en la notificación hubiere influido en la decisión, de tal manera que debe analizarse si la falta de presentación del alegato para el día de la vista por parte del recurrente, como consecuencia de la omisión de la notificación que lo enteraba del día y hora de su realización, produjo el supuesto contenido en la norma citada. La Cámara al revisar la sentencia recurrida estima que el Tribunal de Segunda Instancia realizó un juicio jurídico valorativo amplio, que le sirvió de base para confirmar la sentencia apelada, en cuanto a declarar sin lugar la demanda promovida por el ahora recurrente; es decir que, en ningún momento se abstuvo de conocer del recurso de apelación, sino que, con base en su facultad revisora de la sentencia de primera instancia, entró a conocer del fondo del asunto, por consiguiente el hecho de que el apelante no haya evacuado el día de la vista no influyó en la decisión tomada por la Sala. Así que no procede que la falta denunciada sea subsanada mediante el presente recurso de casación, por ser intrascendente para la decisión final.