Casación No. 316-2006

Sentencia del 12/12/2006

“... Del estudio de la tesis argumentada por el casacionista y la sentencia impugnada, se establece que la sala sentenciadora examinó los documentos que el casacionista afirma haberse dejado de tomar en cuenta, por lo que no se advierte la equivocación fáctica denunciada. En efecto en la parte considerativa, el Tribunal analiza que... Por lo cual el Tribunal sentenciador no ignoró el contenido de las pruebas ofrecidas, aportadas y diligencias durante el proceso, no se omitió la valoración de dicha prueba, sino que al apreciarla íntegramente y en base a sus propias estimativas, obtuvo su convicción...”