Casación No. 283-2005

Sentencia del 09/10/2006

“...No obstante lo anterior, se estima importante mencionar que se ha advertido que en la tramitación del proceso se incurrió en una irregularidad, al haber enmendado el procedimiento, después de haber dictado la sentencia de segunda instancia, cambiando el resultado del fallo, lo cual constituye una infracción que no puede permitirse...”