Esta Cámara ha sostenido en reiterados fallos que, el error de derecho en la apreciación de la prueba, es el que se comete cuando se le atribuye a la prueba un valor que no tiene o se le niega valor probatorio teniéndolo, de conformidad con normas de derecho probatorio, que deben citarse como específicamente infringidas.
En este caso el recurrente, al desarrollar la tesis en que fundamenta la interposición de su recurso...a excepción del artículo 1129 del Código Civil, no señala cuál o cuáles son las normas de derecho probatorio infringidas por la Sala, al valorar, los documentos y el reconocimiento judicial descritos, planteamiento defectuoso que imposibilita determinar si se incurrió en el error de derecho en la apreciación de la prueba invocado; y aunque con amplitud de criterio la Cámara estimara que el fundamento de la tesis de la recurrente se encuentra en el último párrafo del artículo 127 del Código Procesal Civil y Mercantil, que... aparece citado, su contenido aparte de no estar acorde con los razonamientos expuestos, la obligaba a señalar las reglas de la sana crítica ( principios de la lógica y máximas de la experiencia) que en todo caso el Tribunal de Segunda Instancia dejó de apreciar, al valorar el reconocimiento judicial...