Casación No. 263-2002

Sentencia del 15/03/2004

...El vicio de violación de ley, es un error cometido en la actividad jurídico intelectual del juzgador, que puede darse de dos formas: por falta de aplicación o por contravención. La primera se explica por si sola, cuando el tribunal no fundamenta su decisión en una norma que es la aplicable a los hechos controvertidos; la segunda, ocurre cuando el juez resuelve la controversia, fallando en contra del contenido del precepto legal. Con relación a este submotivo, existen ciertos elementos técnicos básicos que deben observarse al momento de plantear la tesis, que permiten al tribunal hacer el examen correspondiente. Por ejemplo: tratándose de un error que afecta las bases jurídicas de la decisión, deben respetarse los hechos que se tuvieron por acreditados. Además, debe exponerse tesis clara y precisa en la que se configure jurídicamente en que consiste el vicio de violación de ley, ya sea por falta de aplicación o por contravención.