Casación No. 188-2004

Sentencia del 03/02/2005

“... Dentro de un juicio de divorcio por causal determinada, en el cual se pretende demostrar que hubo separación voluntaria por más de un año, para probarla el medio idóneo es a través de documentos y no por declaración de parte. Siendo que la función protectora del recurso de casación tiene como propósito orientar y unificar el criterio de nuestro ordenamiento jurídico, con el objeto de que se garantice la correcta observancia de las figuras jurídicas, se establece que la decisión de la Sala sentenciadora de no otorgar valor probatorio a la mencionada confesión, fue fundamentada de conformidad con la norma estimativa probatoria pertinente, por lo que el fallo se encuentra ajustado a derecho y a las constancias procesales; ya que de conformidad con el artículo 158 del Código Civil, no puede declararse el divorcio o la separación por causa determinada, con el simple allanamiento de la parte demandada:..”