... Del estudio de la sentencia recurrida, lo que consta en el acta de reconocimiento judicial antes referido y lo argumentado por la interesada, se constata que, efectivamente, no existe concordancia entre lo expresado por el juez que practicó el reconocimiento judicial, y lo que afirma la Sala sentenciadora, pues se estableció con dicha diligencia a criterio de esta Cámara que el inmueble que pretende titular la parte demandada y el que corresponde a la parte actora es el mismo, tal y como se corroboró por el Juez que practicó el reconocimiento judicial. Si bien es cierto que existe una discrepancia de pocos centímetros, ...haciendo acopio a la lógica y la experiencia se determina que el inmueble que pretende titular la demandada es el mismo que pertenece legalmente a la parte actora, como quedó demostrado con el reconocimiento judicial, las declaraciones de los testigos, así como la prueba documental aportada por el actor...
Resulta evidente que la Sala cometió error de hecho en la apreciación de la prueba de reconocimiento judicial de fecha veintiséis de marzo de mil novecientos noventa y nueve, al omitir parcialmente observar hechos establecidos en el mismo, lo que demuestra la equivocación del juzgador, tal como lo manda el artículo 621 inciso segundo del Código Procesal Civil y Mercantil.
...En ese orden de ideas, no fue legítimo ni acertado el juicio estimativo vertido por la Sala sentenciadora y las conclusiones obtenidas pugnan con la ley, y la recta aplicación del derecho y la justicia, por lo que resulta procedente casar la sentencia impugnada