Respecto a la causal de casación consistente en que el fallo otorgó más de lo pedido y se denegó el recurso de ampliación, esta Cámara establece que el Tribunal recurrido al señalar el plazo de diez días para que se entregue el bien objeto del litigio, lo hizo con base en el artículo 341 del Código Procesal Civil y Mercantil... Por lo tanto, no se otorgó más de lo pedido sino lo que estrictamente señala la ley...