Introducción

El acceso a la justicia consiste en la capacidad equitativa para que las personas puedan ser escuchadas y para que también puedan participar en igualdad de condiciones en todos los aspectos del sistema judicial de cada país, sin que haya algún tipo de discriminación con base a alguna discapacidad.

Según el Diccionario de la Real Academia Española, discapacidad es “la situación de la persona que por sus condiciones físicas o mentales duraderas se enfrenta con notables barreras de acceso a su participación social”.

En Guatemala respecto al acceso a la justicia para personas en situación de discapacidad, se ha regulado lo siguiente:

El Congreso de la República, a través del Decreto 59-2008, del 30 de septiembre de 2008, aprobó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, misma que fue ratificada por el Gobierno de Guatemala, el 5 de diciembre de 2008.

Esta Convención, en su artículo 1, se refiere a la “discapacidad” así: “Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.”; y, en su Artículo 13, regula lo que respecta al “acceso a la justicia para las personas en situación de discapacidad” de la forma siguiente: “Artículo 13 Acceso a la justicia 1. Los Estados Partes asegurarán que las personas con discapacidad tengan acceso a la justicia en igualdad de condiciones con las demás, incluso mediante ajustes de procedimiento y adecuados a la edad, para facilitar el desempeño de las funciones efectivas de esas personas como participantes directos e indirectos, incluida la declaración como testigos, en todos los procedimientos judiciales, con inclusión de la etapa de investigación y otras etapas preliminares. 2. A fin de asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso efectivo a la justicia, los Estados Partes promoverán la capacitación adecuada de los que trabajan en la administración de justicia, incluido el personal policial y penitenciario.”

Asimismo la Constitución Política de la República de Guatemala, en su artículo 53, hace referencia a este tema, al indicar “…Se declara de interés nacional su atención médico-social, así como la promoción de políticas y servicios que permitan su rehabilitación y su reincorporación integral a la sociedad…”

La Ley de Atención a las Personas con Discapacidad, Decreto 135-96 del Congreso de la República de Guatemala, en su Artículo 1, Declaración, establece que: “Se declara de beneficio social el desarrollo integral de las personas con discapacidad, física, sensorial y/o psíquica (mental), en igualdad de condiciones, para su participación en el desarrollo económico, social, cultural y político del país.”.

La Corte Suprema de Justicia de Guatemala como integrante de la Cumbre Judicial Iberoamericana en el año 2015 ratificó y reiteró el compromiso de continuar implementando las “Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad” como política judicial transversal en el Organismo Judicial de Guatemala, fortaleciendo los mecanismos que promuevan y garanticen el acceso a la justicia a todos los sectores, con especial énfasis a las personas en condición de vulnerabilidad (Acta 22-2015 de la sesión ordinaria del honorable Pleno de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia de fecha 14 de mayo de 2015),

Las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad, en el Capítulo I Preliminar, Sección 2ª. Beneficiarios de las Reglas, número 3.- Discapacidad, establece en los numerales 7 y 8 lo siguiente: “(7) Se entiende por discapacidad la deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social. (8) Se procurará establecer las condiciones necesarias para garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad al sistema de justicia, incluyendo aquellas medidas conducentes a utilizar todos los servicios judiciales requeridos y disponer de todos los recursos que garanticen su seguridad, movilidad, comodidad, comprensión, privacidad y comunicación.”

El Organismo Judicial de Guatemala por medio de la Coordinación de las Cien Reglas de Brasilia impulsó la formulación de la Política de Acceso a la Justicia para Personas en Situación de Discapacidad; y en lo que corresponde al Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial –CENADOJ-, es una de las Dependencias Responsables en el Eje 5 Tutela Judicial Efectiva, con el lineamiento estratégico de mantener un sistema actualizado y clasificado de la jurisprudencia relacionada a personas en situación de discapacidad, tomando en cuenta la perspectiva de Derechos Humanos y el control de convencionalidad.

Por lo que CENADOJ, para dar cumplimiento a la Política de Acceso a la Justicia para Personas en Situación de Discapacidad, cuenta con una Plataforma Informática actualizada, en la que se clasifica la jurisprudencia relacionada a personas en situación de discapacidad.

Además, CENADOJ da a conocer la aplicación (por funcionarios administrativos y jurisdiccionales del Organismo Judicial) de la Política de Acceso a la Justicia para Personas en Situación de Discapacidad con la presente publicación denominada “Justicia Accesible: Sentencias de la Corte Suprema de Justicia y Otros Tribunales del Organismo Judicial de Guatemala, Relativas a la Política de Acceso a la Justicia para Personas en Situación de Discapacidad”, que contiene sentencias, recibidas en CENADOJ, emitidas por la Corte Suprema de Justicia, Salas de la Corte de Apelaciones y Juzgados de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social, en las que se tomó en cuenta la perspectiva de Derechos Humanos, en un sector de personas en condición de vulnerabilidad, atendiendo a sus circunstancias singulares, sobre la base de una
tutela judicial efectiva.

-Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial
(CENADOJ)

Guatemala, mayo 2021.

 


 

 

   

REQUERIMIENTOS MÍNIMOS DEL SISTEMA

  • Procesador Pentium de 100 Mhz
  • 16 Mb de memoria RAM
  • 10 Mb de espacio disponible en disco duro
  • Sistema operativo Windows XP o superior
  • Unidad de CD-ROM
  • Google Chrome o Mozilla Firefox

NOTA: El CD no corre automáticamente en un sistema Macintosh. Para hacerlo funcionar, abra la carpeta del CD y haga doble clic en el archivo titulado "screen.html".