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Observaciones derivadas de las Revisiones

A) OBSERVACIONES DERIVADAS DE LAS INSPECCIONES Y REVISIONES DE PROTOCOLOS A) SUSCEPTIBLES DE SUSBSANAR SIN INTERVENCIÓN JUDICIAL 

a) Protocolo sin foliar o foliado a lápiz. 
b) Razones marginales: cuando autorizan escrituras de ampliación, aclaración, modificación, rescisión etc. y se omite asentar la razón marginal a la escritura matriz. 
c) No elaboran la razón de cierre después del último instrumento público o la elaboran incorrectamente, de manera que no coincide con el contenido del protocolo (escrituras matrices, actas de protocolización, instrumentos cancelados y cantidad de folios). 
d) No incorporan el índice original al tomo de protocolo. 
e) No firman y sellan todas las hojas del índice, no le colocan el timbre fiscal a cada hoja, no consignan la fecha o no coincide con el contenido del protocolo ni con la razón de cierre. 
f) La razón de cancelación de los instrumentos públicos cancelados no son firmadas por el notario. 
g) No incorporar a los atestados los avisos notariales que corresponden al protocolo, tales como avisos trimestrales, avisos de cancelación, las copias con sello de recepción de los avisos de los matrimonios celebrados, de los testamentos autorizados, de los comprobantes de los avisos de los documentos provenientes del extranjero, del comprobante de la entrega del índice, de la copia con sello de recepción del recibo de pago de derecho de apertura de protocolo. 
h) Actas notariales protocolizadas que carecen de timbre notarial y/o timbre fiscal. 
i) El o los tomos de protocolo no han sido empastados (cosidos y pegados). 
j) Un documento protocolizado se inserta entre la razón de cierre y el índice. 
k) Cuando el empastar el tomo de protocolo se altera el orden correlativo de las hojas de papel sellado especial para protocolos. 
 
B) SUSCEPTIBLES DE SUBSANAR CON INTERVENCIÓN JUDICIAL 
a. Alteración en la foliación: por repetir números u omitirlos 
b. Alteración de orden correlativo de las hojas de papel sellado especial para protocolos: b.1 Por no aparecer dentro del tomo de protocolo una o varias hojas (extravío, robo, etc.). b.2 Por encontrarse mal insertadas o colocadas.  
c. Alteración de la numeración cardinal de los instrumentos públicos. c.1 Por repetir el número de instrumento público c.2 Por omitir número de instrumento público 
d. Dejan sin utilizar el anverso, el reverso o la hoja completa del papel sellado especial para protocolos. 
e. Extravío de hojas en blanco y/o, que contengan instrumentos públicos autorizados, cancelados o firmados únicamente por los comparecientes. 
f. Al documento que se protocoliza no le colocan número de folio, lo que ocasiona además de la ampliación del acta de protocolización, diligencias de enmienda por alteración en la foliación. 
g. Instrumentos públicos que han sido autorizados y sobre ellos imprimen otro texto, lo que ocasiona el deterioro del mismo, procediendo diligencias voluntarias de reposición de protocolo. 
 
C) INSUBSANABLES. (DE LOS CUALES ÚNICAMENTE SE DEJA CONSTANCIA) 
a) Instrumentos públicos con testados y entrerrenglonaduras que no fueron salvados. 
b) Texto impreso entre un instrumento público y otro, sin relación alguna con ambos. 
c) Cancelan instrumentos públicos aún cuando ya han sido otorgados por los comparecientes, es decir que fueron firmados por éstos. 
d) Los (las) notarios (as) firman los instrumentos públicos sin anteceder las palabras Ante Mí o Por Mí y Ante Mí, según el caso. 
e) Utilizan corrector líquido, tachan, borran o hay rapaduras en el texto de los instrumentos públicos. 
f) Utilizan corrector líquido o tachan firmas de los comparecientes. 
g) Autorizan instrumentos públicos sin estar firmados por todos los comparecientes. 
h) Alteración de la fecha correlativa que deben llevar los instrumentos públicos. 
i) En las actas de protocolización no coinciden los folios indicados en las mismas con los que les corresponden a los documentos insertos, o no coinciden los números de orden y/o de registro de las hojas de papel sellado especial para protocolos entre las cuales se encuentran éstos o la cantidad de hojas en que se encuentra contenido del documento que se protocoliza. 
j) Se protocolizan varias actas de matrimonios entre las mismas hojas de papel sellado especial para protocolos. 
k) Incluyen entre los atestados las actas notariales de matrimonio. 

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El listado de notarios con impedimento para ejercer el notariado fue publicado el 20 de agosto del año 2024, en el Portal Electrónico del Diario de Centro América de conformidad con el Decreto 24-2018, Ley de Avisos Electrónicos.